martes, 2 de septiembre de 2008

Corrigiendo ilegalidad ¿Cuál de ellas?

La carta de la Corte Nacional Electoral pidiendo leyes para llevar adelante los referéndums y elecciones, nos lleva a considerar tres aspectos importantes:

1. Existe un reconocimiento explícito que la convocatoria a estos actos electorales vía decreto es ilegal.

2. Otra ilegalidad es la utilización del actual padrón electoral. No es suficiente realizar una "auditoría" del mismo, sin cotejar datos con los libros del Registro Civil, como lo han advertido Vocales de la Corte Departamental de Santa Cruz. Mientras tanto el padrón electoral no es confiable para la realización de ningún proceso en las urnas.

3. No debemos olvidar que no solo la convocatoria por decreto y el uso del actual padrón son ilegales. También lo es el documento partidario que pretende ser dirimido y aprobado a la vez.

En otras palabras: El Congreso podría corregir la ilegalidad de la convocatoria (forma), pero la única manera de corregir la ilegalidad del proyecto partidario de Constitución (fondo), es volviendo al vicio más antiguo en la Asamblea Constituyente.

Ya que estamos en esto de corregir ilegalidades ¿Por qué no hacer un esfuerzo por corregirlas todas?