sábado, 31 de mayo de 2008

Originario

Aunque hubiera preferido pasar desapercibido, sus rasgos ibéricos-arábigos lo delataban: él también era originario.

(Gracias Homero por la provocación con los micro-cuentos)

jueves, 29 de mayo de 2008

Cuestión de perspectiva

Anoche vi parte de la entrevista de Amalia Pando a Martín Sivak, el autor de "Jefazo", la nueva biografía de Evo Morales.
Sivak en sus propias palabras dijo que el actual presidente era el primero de una nueva era en la política nacional.
Creo que es cuestión de perspectiva.
Desde mi modesto punto de vista creo que es el último de un viejo sistema de hacer política, caracterizado (el sistema) por el prevendalismo, clientelismo, discurso ambivalente, demagogia, revanchismo, etc.
Cuando digo "último" me refiero al orden histórico en el que asumió la presidencia, pues nadie nos garantiza que el viejo sistema de hacer política no se vaya a prolongar en futuros gobiernos.

miércoles, 14 de mayo de 2008

Referéndum "Revolcatorio"

La expresión "revolcatorio" no es mía. La tomé prestada de un amigo porque me pareció muy adecuada para describir sus causas y efectos (no solo en la población sino también entre sus gestores/aprobadores).

Más allá de las válidas consideraciones sobre pertinencia temporal veamos algunos detalles internos de la ley promulgada:

Art. 1. Establece como marco el artículo 4 numeral I de la Constitución Política del Estado, que literalmente dice: "El pueblo delibera y gobierna por medio de sus representantes y mediante la Asamblea Constituyente, la iniciativa Legislativa Ciudadana y el Referéndum, establecidos por esta Constitución y normados por Ley".

De aquí se desprende que el referéndum es un instrumento constitucional normado por ley. Esa ley normativa es la 2769 y está vigente desde el 6 de junio de 2004, donde no se incluye la figura de referéndum revocatorio. Por otro lado en la CPE en el artículo 87 establece de manera específica el periodo de mandato del presidente y vicepresidente de la República, sin admitir la posibilidad de revocatoria.

Art. 2. En su numeral II establece que la revocatoria requiere cumplir dos condiciones: alcanzar un porcentaje, y una cantidad de votos superior a los obtenidos por la autoridad en la última elección. Esta es una incongruencia engañosa porque utiliza dos parámetros de medición diferentes en un contexto donde el padrón electoral no será el mismo de la elección. Pareciera un paraguas oficial extendido para no irse.

Art. 3. Esta ley se asume así misma como marco legal del referéndum revocatorio, desconociendo la Ley del Referéndum 2769.

Los senadores nos dicen que la aprobación de esta convocatoria fue apresurada para evitar que el gobierno convoque a otros referéndums nacionales (vgr. el dirimidor y el ratificatorio del proyecto de Constitución surgido en Oruro), porque según la ley 2769 solo se puede convocar uno en cada periodo constitucional. Este artículo, tal como fue aprobado, les quita ese argumento pues saca el revocatorio del marco legal de la 2769. Por tanto el gobierno puede aducir que sí puede convocar a otro referéndum nacional, pues el que nos ocupa está basado en otra norma.

Otra perlita para la anécdota: los proyectistas y aprobadores dejaron pasar un error. La Ley 2769 es del 6 de julio de 2004, y no del 23 de Abril de 2002, como equivocadamente (asumiremos que así fue) cita esta ley. Pequeño detalle dirá alguien, pero en política hay que tener cuidado en los detalles, normalmente ahí está el diablo.

Art. 5 y 6. Incongruencias entre ambos artículos.
El 5 dice que la consulta será para revocatoria de mandato del Presidente y Vicepresidente, por un lado; y de los prefectos, por otra. Pero el artículo 6 plantea las preguntas, y en el caso del Presidente y Vicepresidente no se pregunta por la revocatoria de su mandato sino por la continuidad de su "proceso de cambio". Para eso no hace falta un referéndum, basta una interpelación en alguna de las cámaras legislativas, que derive en censura (Art. 70 de la CPE).

En la pregunta referida a los prefectos se consulta sobre "las políticas, las acciones y la gestión" del prefecto. Menos subjetiva, un poco más específica, apunta a la gestión de una manera deliberada, pero tampoco revoca mandato.

Art. 9. En su párrafo I dice que las autoridades no revocadas continuarán en su mandato por el resto del periodo constitucional. Debemos asumir que esto vale no solo para el Presidente, Vicepresidente y Prefectos, si ganan en el referéndum; sino también para los parlamentarios cuyo mandato no será revocado porque la consulta no los incluye.

Contradictoriamente, en el párrafo II se dice que si el Presidente y Vicepresidente son revocados, se convocará a elecciones generales, o sea que, de ipso facto, también se revocará el mandato de los parlamentarios.

En el párrafo III se dice que si los prefectos son revocados dejarán su cargo inmediatamente, mientras que en el párrafo anterior se dejó claramente sentado que en el caso del Presidente y Vicepresidente permanecerían hasta que se convoque a nueva elección.

¡"Revolcatorio"! ¿No?

¿Cómo la ve desde ahí?

domingo, 11 de mayo de 2008

A falta de Mundial ...

Hace 30 años, en 1978 la dictadura argentina organizó el Campeonato Mundial de Fútbol. Tiempo después se conocerían los detalles de todos los esfuerzos desplegados por ese gobierno para producir una fiesta deportiva que sirva como nube de humo, para distraer la atención de la realidad a la que era sometida la República Argentina.
Hoy en Bolivia la condición económica de la gente ha empeorado drásticamente. Nadie ni nada detiene la inflación (por mucho que se modifiquen los mecanismos de medición estadística aplicados por el INE), no se generan empleos, no se incentiva la inversión privada, y como probablemente nunca podremos organizar una Copa Mundial de Fútbol, las campañas electorales interminables sirven muy bien al propósito oficial de distraer nuestra atención.

A una semana del histórico triunfo.

Hace una semana se produjo el histórico triunfo contra toda una millonaria campaña oficialista de oposición y amedrentamiento, que pretendía impedirnos dar continuidad al proceso autonómico.
La actitud cruceña ha sido sobria en la victoria. En cambio la actitud gubernamental se destacó por su arrogancia en la derrota, intentando tapar el sol con un dedo de negación.
A estas alturas es imparativo mantener la serenidad en los pasos que tenemos por delante. No podemos darnos el lujo de cometer errores.Hasta hoy nuestro avance se caracterizó por buscar obstinadamente las vías legales. Por eso nuestros logros son indiscutibles e imparables. No caigamos en la tentación de abandonar esa vía, por muy grande que sea la provocación.

sábado, 3 de mayo de 2008

Hagamos fiesta democrática.

Esta semana estuve viajando por otros distritos del país y la pregunta era inevitable: "¿Qué va a pasar en Santa Cruz este 4 de Mayo?"
Por cierto se referían a la preocupación de que el Referéndum sobre Estatutos Autonómicos se vea empañado por confrontaciones violentas, dadas las amenazas de los denominados "sectores sociales" afines al gobierno.
Mi respuesta fue: "¡Vamos a hacer fiesta! Iremos a las urnas y luego haremos tocar "Viva Santa Cruz" con la banda. Los cruceños sabemos convertir nuestras expresiones democráticas en fiesta. Aún en huelga de hambre no falta una guitarra para demostrar nuestro espíritu festivo".
No podemos ignorar que hay una intención deliberada por empañar nuestro referendum, legalmente convocado. Sin embargo debemos ser grandes y maduros para evitar que la provocación afecte este gran paso en el proceso autonómico.
¡Hagamos de nuestra participación una fiesta democrática!